Las pagas extraordinarias son un derecho laboral fundamental en España. Entender cómo cobrarlas puede suponer una diferencia importante en tu planificación financiera personal. En este artículo descubrirás las ventajas y desventajas de cada modalidad, su impacto fiscal y en Seguridad Social, y cuál es la mejor opción según tu perfil.
¿Qué son las pagas extraordinarias?
Las pagas extraordinarias, también conocidas como pagas extras, son una cantidad adicional de dinero que los trabajadores reciben mínimo dos veces al año por ley. Tradicionalmente se cobran en verano (julio) y Navidad (diciembre), aunque algunos convenios establecen una tercera paga en marzo o beneficios.
La cantidad de cada paga extra suele ser equivalente al salario base más antigüedad, aunque puede variar según el convenio colectivo aplicable. Este derecho está regulado en el Estatuto de los Trabajadores y es irrenunciable.
Características clave de las pagas extras
- Mínimo 2 pagas extra al año por ley (julio y diciembre)
- Cantidad típica: salario base + antigüedad
- Algunos convenios establecen 3 pagas o más
- Derecho irrenunciable regulado por ley
Dos formas de cobrar las pagas extraordinarias
Existen dos modalidades principales para recibir tus pagas extras: prorrateadas (12 pagas al año) o juntas (14 pagas al año). Aunque el total anual es exactamente el mismo, la forma de cobrarlas tiene implicaciones importantes en tu planificación financiera.
Prorrateadas (12 pagas)
Cada mes cobras 1/12 de cada paga extra integrada en tu nómina mensual. Nómina más alta y estable todo el año.
Ejemplo con salario base de 1.800€:
- • Salario base: 1.800€
- • 2 pagas extra: 3.600€/ño
- • Prorrateo: 3.600€ ÷ 12 = 300€/mes
Juntas (14 pagas)
12 meses normales más 2 meses con paga extraordinaria adicional. Nómina mensual más baja pero con 'bombasós' en julio y diciembre.
Ejemplo con salario base de 1.800€:
- • Salario base: 1.800€
- • 12 meses: 1.800€
- • + Julio: 1.800€
- • + Diciembre: 1.800€
Total anual: Exactamente igual
Independientemente de la modalidad elegida, tu salario bruto anual es el mismo. En ambos casos del ejemplo: 25.200€ al año (1.800€ × 12 + 1.800€ × 2).
Ventajas y desventajas de cada modalidad
Prorrateadas (12 pagas)
Ventajas
- Nómina mensual más alta (estabilidad psicológica)
- Más fácil hacer presupuesto (misma cantidad cada mes)
- No 'despilfarras' la extra (ya está integrada)
- Mejor para personas sin disciplina de ahorro
Desventajas
- No tienes la sensación de 'bonus' o regalo
- Menos flexibilidad para grandes gastos puntuales
- En despido, indemnización puede ser menor (base reguladora)
Juntas (14 pagas)
Ventajas
- Sensación de 'bonus' (placer psicológico)
- Útil para gastos grandes (vacaciones, Navidad)
- Si sabes ahorrar, puedes hacer 'colchón'
- Cobras más neto anual (menor cotización SS)
Desventajas
- Nómina mensual más baja (más ajustado mes a mes)
- Tentación de gastarlo todo en julio/diciembre
- Si no gestionas bien, meses sin extra muy justos
¿Cuál elegir según tu perfil?
La elección entre una u otra modalidad depende fundamentalmente de tu situación personal, capacidad de ahorro y preferencias psicológicas. Usa esta guía para tomar la decisión más adecuada para ti:
Elige prorrateadas si:
- Vives justo de mes a mes (nómina baja no te llega)
- No tienes disciplina de ahorro
- Prefieres estabilidad psicológica
- Haces presupuesto mensual estricto
Elige juntas si:
- Tu nómina mensual es suficiente sin las extras
- Tienes autodisciplina financiera
- Te gusta 'planear' con las extras (vacaciones, regalos)
- Puedes ahorrar parte de la paga extra
No puedes elegir si:
- Tu convenio colectivo lo fija obligatoriamente
- Tu empresa tiene política única para todos
Impacto fiscal: ¿Tributan diferente?
Respuesta corta: NO
El total anual es exactamente igual en ambos casos, por lo que el IRPF que pagas al final del año es el mismo. Sin embargo, hay un pequeño matiz en la retención mensual.
Aunque el resultado final en la declaración de la renta es idéntico, la forma de cobrar las pagas extras afecta a las retenciones mensuales de IRPF. Esto puede darte una pequeña ventaja de liquidez si cobras las pagas juntas.
Prorrateadas
- • Base mensual: 2.100€
- • Retención: ~18% = 378€/mes
- • 12 meses × 378€ = 4.536€/ño
Juntas
- • Base normal: 1.800€ → 15% = 270€
- • Base extra: 3.600€ → 24% = 864€
- • Total: 4.428€/ño
Diferencia en retenciones:
Las pagas juntas retienen ligeramente menos durante el año (108€ de diferencia), lo que te da más liquidez mes a mes. En la declaración de la renta se ajusta, pero durante el año dispones de ese dinero.
Seguridad Social: Diferencia importante
A diferencia del IRPF, las cotizaciones a la Seguridad Social SÍ presentan una diferencia significativa entre ambas modalidades. Esta es la clave que hace que cobrar las pagas juntas suponga un mayor salario neto anual.
Cotización SS (6.35% sobre base)
Prorrateadas
- Base mensual: 2.100€
- Cotización: 2.100€ × 6.35%
- = 133.35€/mes
- Total año: 1.600€
Juntas
- Base mensual: 1.800€
- Cotización: 1.800€ × 6.35%
- = 114.30€/mes
- Total año: 1.371€
Ganador en neto
14 pagas (juntas)
Ahorras 229€/ño en cotizaciones
Importante: Las pagas extras NO cotizan
Las pagas extraordinarias cobradas de forma separada NO cotizan a la Seguridad Social. Esto te hace ahorrar en cotizaciones (más dinero neto) pero tu base de cotización es ligeramente menor.
Impacto en pensión futura: Aproximadamente 2-3% menos de pensión, generalmente poco significativo.
| Concepto | 12 Pagas | 14 Pagas |
|---|---|---|
| Bruto anual | 30.000€ | 30.000€ |
| Cotización SS | 1.905€/ño | 1.362€/ño |
| IRPF retenido | 5.700€/ño | 5.580€/ño |
| Neto anual | 22.395€ | 23.058€ (+663€) |
Estrategia si cobras las pagas juntas
Si recibes tus pagas extraordinarias de forma separada, es fundamental tener una estrategia para aprovecharlas al máximo. Este plan te ayudará a disfrutar, planificar y hacer crecer tu patrimonio simultáneamente.
Plan para distribuir tu paga extra de 1.800€
Ahorro/Inversión
A fondo de emergencia o inversión
Gastos planificados
Vacaciones, regalos Navidad
Capricho
Lo que quieras sin culpa
Beneficio: Disfrutas (20%) + Planificas (30%) + Creces (50%)
Checklist pagas extras
- Saber cuántas pagas tienes según tu convenio (2, 3, o más)
- Saber cuándo se cobran (julio, diciembre, otros meses)
- Verificar cantidad (base + antigüedad mínimo)
- Comprobar en nómina si están prorrateadas (línea 'prorrata paga extra')
- Si cobras juntas, planificar con antelación su uso
- Si cambias de trabajo, te pagan proporcional (días trabajados)
Preguntas Frecuentes
¿Puedo elegir cómo cobrar mis pagas extraordinarias?
Depende de tu convenio colectivo y de la política de tu empresa. Algunos convenios establecen obligatoriamente una modalidad, mientras que en otros casos puedes negociarlo con tu empleador. Consulta tu convenio o pregunta a recursos humanos.
¿Qué pasa con las pagas extras si me despiden a mitad de año?
Tienes derecho a cobrar la parte proporcional de las pagas extras según los días trabajados. Si cobras prorrateadas, ya las has cobrado mes a mes. Si cobras juntas, te pagarán la parte proporcional en el finiquito.
¿Las pagas extras tributan en IRPF?
Sí, las pagas extraordinarias tributan exactamente igual que el resto de tu salario. Se incluyen en tu base imponible y aplican las mismas retenciones de IRPF. No hay ninguna ventaja fiscal especial.
¿Quieres saber tu salario neto?
Ahora que entiendes las pagas extraordinarias, calcula cuánto recibirás realmente en tu nómina
Calcular mi Salario Neto